Acuerdo por el que se excluye de manera temporal el requisito para obtener el título profesional
Con motivo de la declaración como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor y con el objeto de evitar la reunión de alumnos en un recinto para la aplicación del examen general de egreso o su derivado institucional; se excluye como requisito para obtener el título profesional…
Mtro. Jorge Ignacio Peña González, Rector de la Universidad Autónoma de Nayarit, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º; 2º; 13, fracción II, inciso a) y 21, fracción I de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Nayarit; 1º; 3º, fracción V; 45, fracciones II, XII y XVIII y 46 primer párrafo de su Estatuto de Gobierno, y
Considerando:
Que la Organización Mundial de la Salud declaró el pasado 11 de marzo de 2020 como pandemia global al coronavirus denominado SARS-CoV2 (COVID-19) por ser altamente contagioso y pone en riesgo la salud e incluso la vida de la población.
Que con fecha 30 de marzo del año en curso, el Consejo de Salubridad General del Estado Mexicano, publicó en el Diario Oficial de la Federación, la declaración como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Que el 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”, mediante el cual, entre otras medidas, ordena la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril del 2020, de las actividades no esenciales en los sectores público, social y privado, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte en la población residente en el territorio nacional.
Que el 21 de abril de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020”, mediante el cual se modifica el plazo para la aplicación de las medidas extraordinarias ya implementadas, ampliando dicho periodo al 30 de mayo de 2020.
Que el artículo 64, fracción III del Reglamento de Estudios de Tipo Medio Superior y Superior de la Universidad, establece como uno de los requisitos de titulación, obtener 900 puntos en el examen general de egreso o su derivado institucional. Este requisito implica que los alumnos que pretendan titularse de licenciatura o profesional asociado tengan que presentar el examen denominado EGEL aplicado por el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL), que se lleva a cabo mediante la reunión de personas en un recinto, lo cual pudiera poner en riesgo su salud con motivo de la situación de pandemia que actualmente enfrenta el país, por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Derivado de lo anterior, resulta conveniente exceptuar este requisito de titulación de manera temporal para todos aquellos alumnos que quieran titularse de manera inmediata.
Por lo que he tenido a bien expedir el siguiente,
Acuerdo por el que se excluye de manera temporal el requisito para obtener el título profesional, establecido en la fracción III del artículo 64 del Reglamento de Estudios de Tipo Medio Superior y Superior de la Universidad Autónoma de Nayarit, por motivo de la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Artículo único.- Con motivo de la declaración como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, por la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y con el objeto de evitar la reunión de alumnos en un recinto para la aplicación del examen general de egreso o su derivado institucional; se excluye como requisito para obtener el título profesional, el establecido en la fracción del artículo 64 del Reglamento de Estudios de Tipo Medio Superior y Superior de la Universidad Autónoma de Nayarit, durante el periodo comprendido del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2020, para aquellas alumnas y alumnos que pretendan titularse de licenciatura y profesional asociado que hayan cumplido con los demás requisitos establecidos en el artículo mencionado, así como con las disposiciones normativas del programa académico que se trate.
Transitorio:
Único.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Universitaria.
Dado en el campus, Ciudad de la Cultura “Amado Nervo”, Tepic, Nayarit, 3 de junio de 2020.
Mtro. Jorge Ignacio Peña González
Rector
Rúbrica
Mtro. Adrián Navarrete Méndez
Secretario General
Rúbrica
Publicación original en la Gaceta Universitaria el 04 de junio de 2020.
Enlace a publicación original
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